Estatutos

El presente reglamento de admisión, se establece como requisito para los miembros que conforman la Plástica de Monterrey AC y estará vigente hasta que los miembros de la asamblea por mayoría de votos lo modifiquen, o revoquen según convenga a la Asociación, lo que quedará asentado en acta formal.

El capítulo IV que trata de los asociados en los estatutos, establece que los socios podrán ser Activos, Colaboradores y Honorarios. Los socios Fundadores, serán también socios Activos, y deberán cumplir los estatutos y reglamentos de la asociación.

El presente reglamento de admisión establece que para ser asociado, es necesario:

  • Presentar por escrito una solicitud (proporcionada por la asociación)
  • Cumplir con la entrega de currículum actualizado que mencione sus generales, y si los tuviera, estudios relativos y exposiciones individuales y/o colectivas, y premios. Lo anterior con el fin de no discriminar a ninguna persona ya que el requisito primordial sería el ejercicio del quehacer artístico y su deseo de pertenecer a la asociación.
  • Fotografías de su obra (5-10) y dos fotografías tamaño infantil personales.
  • Pagar la cuota de inscripción y la cuota anual completa o proporcional de acuerdo a la fecha de ingreso.
  • Ser apoyado por dos socios activos (firmantes) que avalen su solicitud.

Una vez aprobada su solicitud pasarán a ser socios colaboradores hasta que cumplan 6 meses de haber ingresado, tiempo en el cual será imprescindible su asistencia a las juntas mensuales y eventos que organice la asociación.

Al término de los seis contados a partir de la fecha de su admisión, el socio colaborador adquirirá el derecho de socio activo. la calidad de asociado será intransferible, y se pierde por renuncia voluntaria, expulsión o muerte. La suspensión temporal, no elimina el derecho de socio activo, pero sí suspende su derecho a voto.

Toda persona que presente su solicitud, automáticamente acepta cumplir con nuestros estatutos y reglamentos, asisitir a juntas generales y asambleas, a colaborar en nuestras actividades que se organicen, a cubrir oportunamente sus cuotas y a cumplir con las comisiones que le fueren encomendadas.

Son motivos de suspensión:

  • Faltar al respeto al Consejo Fundador y Consejo Directivo
  • Faltar al orden en el lugar de la asamblea, ya sea con actos o palabras que causen desagrado o escándalo.
  • Que sus cuotas presenten un atraso de más de 3 meses.
  • Que rechace participar consecutivamente en los eventos que organice la asociación.

Son motivos de expulsión:

  • Dañar el buen nombre de la Asociación, ya sea de palabra o por escrito.
  • Fomentar la discordia y desunión entre los asociados.
  • Obtener beneficios personales a través de la Asociación, con dolo o engaño.
  • Ser condenado con sentencia ejecutoriada por algún delito que a juicio del Consejo Fundador lo haga indigno de pertenecer a la asociación.
  • Por deslealtad a la asociación, a sus fines, por incumplimiento de los estatutos y reglamentos.
  • Tomar decisiones o atribuciones que perjudiquen a los asociados, o bien que se lleven a cabo sin haber sido votadas y aprobadas por la Asamblea.

El Consejo Fundador, la mesa Directiva en turno y la comisión de Honor y Justicia acordarán las medidas disciplinarias que se consideren prudentes en contra del socio infractor, que puede ser: sanción económica, suspensión por tiempo definido o expulsión que serán acordadas en sesión especial, por mayoría de votos.

La reincorporación de un socio suspendido por tiempo definido, se efectuará cuando las condiciones impuestas por el Consejo, se hayan cumplido, o la sanción económica haya sido cubierta.

En el caso de expulsión, no podrá volver a ingresar.

Son derechos de los socios activos, de los socios colaboradores y de los socios honorarios, los mencionados en los estatutos, Art. 14 y 15 del Cap. IV

Son deberes de los asociados, los mencionados en el Artículo 16 Cap. IV

Son deberes de los integrantes del Consejo Directivo, los mencionados en los artículos 35, 36, 37 del Capítulo VI referente a la Administración.

Se considerará Consejo Fundador a todos los miembros fundadores cuyos nombres se asientan en la Escritura pública. Tendrán a su cargo, la comisión de Vigilancia y la Comisión de Orden, Honor y Justicia y la designación y revocación de nombramientos de Socios Honorarios. No serán autónomos en sus decisiones y trabajarán de acuerdo a los estatutos y en conjunto con el Consejo Directivo en turno. Los socios fundadores que se hayan retirado de la Asociación por su propia voluntad, o hayan dejado de asistir sin previo aviso por escrito, perderán sus derechos, serán desconocidos y dados de baja como socios fundadores y socios activos.

El Consejo Fundador designará un comisario que fungirá hasta que sea votado para la revocación de su nombramiento. El Consejo Fundador al paso de los años por causa de retiro, invalidez o muerte de los socios fundadores, será suplido por los ex-presidentes de la Asociación.

Los Socios Honorarios se considerarán como asesores adjuntos, serán personas que aunque no se dediquen a la plástica, su actividad, experiencia y conocimientos pueden ser útiles a la Asociación. (Críticos de arte, profesionistas, museógrafos, artistas de renombre, etc.) Podrán dictar conferencias o brindar consejos cuando los miembros del Consejo Directivo soliciten su asesoría. No expondrán, ni pagarán cuotas, no podrán ser electos miembros del Consejo Directivo, ni votarán. Todas las sugerencias que se reciben por parte de los Socios Honorarios, se agradecerán y se pondrán a consideración de la Asamblea y serán votadas para su aceptación o su rechazo. El ser Orador Huésped, encargados de sede anfitriona, galerías, autoridades, no implica ni otorga automáticamente el nombramiento del Socio Honorario.

Se considerará Consejo Directivo a la Mesa Directiva, es decir a los socios designados como Presidente, Secretario y Tesorero, Vicepresidente y tres vocales sustitutos. Cada mesa directiva designará un comisario sustituto, que auxiliará al Comisario Fundador.

El artículo 35 de los estatutos, sobre Atribuciones y obligaciones del Consejo Directivo, marca que el mismo podrá organizar toda clase de actividades tendientes a la superación de los asociados, expedir los reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de la asociación, delegar el cumplimiento de los acuerdos y designar de entre los asociados las comisiones necesarias para la mejor ejecución de los programas o eventos que organice y desarrolle. Dichas Comisiones y Comités de Trabajo son:

  1. Comisión de Nombramiento de Socios Honorarios. El candidato se pondrá a consideración de la asamblea, en caso de ser aceptado por votación mayoritaria, se hará una carta de invitación, de la cual se esperará la aceptación pública de forma personal, frente a la asamblea del nuevo Socio Honorario.
  2. Comisión de Asesoría Técnica y Selección de Obras Artísticas. Este comité se encargará de conseguir las asesorías técnicas para las exposiciones, tales como museografía y selección de obras que en su caso, será efectuada por personas de reconocida trayectoria, tales como críticos de arte reconocidos, museógrafos, galeristas o promotores de arte, así como a quienes fungirán como jurado en caso de concurso.
  3. Comisión de Admisión de Socios: Recibirán las solicitudes, fotografías y los currículum, ubicarán categoría, formarán expedientes y darán seguimiento a los procesos de credencialización, e integración de fotografías de obra en el catálogo de la asociación. Dicho catálogo servirá para la promoción y solicitud de espacios para las exposiciones.
  4. Comisión de Vigilancia: Deberán vigilar el manejo de fondos, revisando cuando será necesario los libros, documentos y valores a cargo de Tesorería.
  5. Comisión de Orden, Honor y Justicia: Guardarán el orden en las Juntas ordinarias y extraordinarias. Deberán acordar con el presidente, las medidas prudentes en contra de algún socio infractor, efectuando apercibimiento verbal, amonestación por escrito, suspensión de actividades por 3, 6 o 9 meses, expulsión o bien, rehabilitación. Recibirán y revisarán las quejas que se hagan por escrito y firmarán las actas correspondientes.
  6. Comité de Exposiciones: Organizarán las exposiciones con miembros activos y colaboradores a fin de dar a conocer sus obras, para lo cual, recibirán la obra, y la entregarán, recabarán las responsivas de cada obra y verificarán que se hayan anexado a cada obra su respectiva cédula.
  7. Comité de Relaciones Públicas y Eventos Especiales: Durante las exposiciones, organizarán la logística de venta (en caso de expo venta) solamente contactando al comprador con el autor de la obra. Organizarán conferencias para los socios, mesas redondas. Cuando la obra sea itinerante, conseguirán los seguros necesarios con compañías aseguradoras. Conseguirán patrocinadores de permiso en caso de concurso, así como administrarán porcentajes o donativos de obra para los espacios artísticos anfitriones.
  8. Comité de Prensa e Información: Su trabajo consistirá en editar boletines, folletos, memorias, toda clase de publicaciones que sirvan de medio de información tales como artículos interesantes, básicos o novedosos. El registro histórico será llevado por los socios fundadores.
  9. Comité de Comunicación y Medios: Serán los encargados de contactar con los medios de comunicación a fin de dar publicidad a los eventos, exposiciones, comunicar juntas extraordinarias y eventos especiales o de las actividades que efectúe la Asociación.
  10. Comité de Relaciones Áreas Gubernamentales: Promoverán las relaciones con las autoridades Federales, Estatales y Municipales, a fin de enterar oportunamente a los socios de las convocatorias, o en búsqueda de espacios y oportunidades.
  11. Comité de Festivales y Eventos: Organizarán con miembros activos y colaboradores, visitas, excursiones, convivencias, talleres, intercambios de conocimientos y técnicas, visitas a exposiciones individuales de socios, etc. Serán los encargados de organizar la logística del servicio de brindis y vinos de honor en eventos, exposiciones y fechas especiales de la asociación.
  12. Comité de Relaciones Espacios Culturales: Promoverán las relaciones con Casas de la Cultura, Museos, Instituto Nacional de Bellas Artes, para mantener coordinación a fin de acrecentar las posibilidades de actividades culturales y artísticas de los socios o en búsqueda de espacios. Pactarán condiciones que serán presentadas para su aprobación a la asamblea.
  13. Comité de Relaciones con Galerías: Mantendrán relaciones con artistas de renombre y galeristas, en toda la república para efectuar intercambios y representaciones de obra y pactarán condiciones que serán presentadas para su aprobación.
  14. Comité de Proyecto Sede Asociación: Procurarán la adquisición o alquiler de bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para el desarrollo de los fines propios de la Asociación, tales como el sitio para las sesiones mensuales, y actividades extraordinarias como viajes culturales, etc.

Las Comisiones serán, los socios activos a los que les sean encomendados algunos de los Comités de Trabajo y tendrán el carácter de auxiliares del consejo directivo en turno, y no serán autónomos, sino que trabajarán siempre en conjunto con ellos y deberán presentar en las juntas mensuales, sus informes de trabajo.

Se expide el presente para el buen funcionamiento de la Plástica de Monterrey y para el ejercicio armónico de los objetivos de la misma.

A continuación, Reglamento de Clasificación y Categorías que servirá para la ubicación de los socios en caso de concursos y para fomentar su crecimiento.

Reglamento de Clasificación y Categorías

Los socios podrán ser ubicados en cualquiera de las siguientes categorías de acuerdo a las exposiciones en que haya participado, y del tiempo en que se ha dedicado al quehacer artístico, estas son: Aficionados, Principantes, Avanzados, Artistas y Profesionales. Con lo anterior se desea promover el crecimiento de cada uno de los socios y que sea de esta forma que cada quien se esmere en alcanzar una meta. Tiene como intensión además, el presentar de una forma objetiva el nivel de crecimiento deseable para una persona que se dedica o desea dedicarse a las Artes Plásticas.

Las áreas de las artes visuales que se aceptan para la integración de los socios son:

  • Pintura: Óleo, acrílico, mixta, acuarela.
  • Técnicas secas: Dibujo, pastel sanguina, tintas, lápices a color.
  • Grabado, Transfer.
  • Escultura, esculto-pintura, cerámica
  • Fotografía convencional o digital, color o blanco y negro.
  • Instalación, obras performáticas, de intervención, de interacción, de medios audiovisuales y otros.

Categoría de los Socios

 

Exp. Individuales

Exp. Colectivas

Actividad en la Plástica

Aficionados

   

Reciente

Principiantes

 

Al menos 1

1 año

Avanzados

Al menos 1

Al menos 3

2 años y haya expuesto fuera del área metropolitana.

Artistas

3 en lugar acreditado

5 en lugares acreditados

5 años y haya expuesto fuera del estado.

Profesionales

5 en lugares acreditados, museos, galerías o instituciones de prestigio

15 en lugares acreditados, museos, galerías o instituciones de prestigio

10 años y haya expuesto en el país o en el extranjero

En caso dado de la existencia de una convocatoria de concurso en la que se ofreciera un premio, los participantes serían clasificados según la técnica utilizada y la clasificación, para un buen funcionamiento y justicia en la premiación.